Penal
SP/SENT/982117
TS, Sala Segunda, de lo Penal, 643/2018, de 13 de diciembre
Recurso 2094/2017. Ponente: VICENTE MAGRO SERVET.

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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado Central de Instrucción nº 5 incoó diligencias previas con el nº 433 de 2003 contra Anibal, Nicolasa, Iván, Maximo, Samuel, Simón, Gabriela, Carmela, Valentín, María Virtudes, Yolanda, Jose Manuel, Asunción, Luis, y contra los responsables civiles subsidiarios Excell Life International, S.A., Rokiblau, S.A. y otros más, y, una vez concluso, lo remitió a la Sección Segunda Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que con fecha 31 de marzo de 2017 dictó sentencia que contiene los siguientes Hechos Probados:
"PRIMERO.- EUROBANK del Mediterráneo (en lo sucesivo EUROBANK, entidad bancaria cuyo capital social asciende a 26.782.616 €; del que son titulares aproximadamente 500 accionistas), fue intervenido el 25.7.2003 por el Banco de España tras comunicación del acusado rebelde (como presidente y accionista mayoritario de la entidad) de 24.7.03 mediante la cual transmitió al supervisor su propósito de promover la renuncia a la licencia bancaria y la liquidación de la S.A. Tras ello, el 26.8.2003, se declaró la suspensión de pagos del Banco por parte del Juzgado de Primera Instancia No. 73 de los de Madrid en procedimiento 801/03. SEGUNDO.- Nicolasa y Iván colaboraron con el rebelde en la constitución de un grupo de sociedades que actuaban bajo una unidad de decisión, aprovechando este entramado societario para la ejecución de los hechos que se relatan a continuación. Tal grupo de sociedades eran los siguientes: 1º.- Sociedades patrimoniales o controla