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Penal

AP Valencia, Sec. 5.ª, 124/2019, de 6 de marzo. Recurso 325/2019

Ponente: MARIA PILAR ESTHER ROJO BELTRAN
SP/SENT/995277
Gestión Documental
 Hay prueba de la ocupación de vivienda: los policías fueron a la vivienda y supieron que llevaba meses ocurriendo y la notificación se hizo al mismo domicilio donde aún residían cinco meses después
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La sentencia apelada declaró probados los siguientes hechos: "Probado y así se declara que los denunciados ocuparon sin autorización de su dueño ni tener título que la legitime, la vivienda sita en la CALLE000 n.º NUM000 puerta NUM001 de Xirivella".
SEGUNDO.- El Fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: " CONDENO a Amadeo y Andrés como autores responsables, cada uno de ellos, de un delito leve de Usurpación del artículo 245.2 del cp , a la pena de, cada uno de ellos, 3 meses de multa con una cuota diaria de 3 euros y en caso de impago quedarán sujetos a responsabilidad personal subsidiaria y a que desalojenen el plazo de un mes la vivienda que ocupande forma ilegal CALLE000 n.º NUM000 puerta NUM001 de Xirivella, debiendo ser requeridos para ello y en caso contrario, deberán procederse a su lanzamiento en legal forma y al pago de las costas".
TERCERO.- Notificada dicha sentencia a las parte, se interpusieron sendos recursos de apelación por la Letrada doña María José Gómez Ribera, en representación y defensa de los denunciados, que sustancialmente fundó en vulneración de la presunción de inocencia, solicitando se revoque la sentencia de instancia y se les absuelva del delito leve de usurpación.
CUARTO.- Admitidos los recursos, y tras dar traslado de sus alegaciones a las partes restantes para que formularan las suyas, se elevaron los autos a esta Audiencia y oficina del reparto,
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