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 Jurisprudencia

TJCE/TJUE, Sala Novena, de 22 de septiembre de 2022. Recurso C-335/21

Ponente: O. Spineanu-Matei
SP/SENT/1157337
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 El derecho procesal español no permite que se examine el carácter abusivo de las cláusulas de un contrato entre abogado y cliente ni en la fase de impugnación de los honorarios reclamados, ni con ocasión de un recurso de revisión
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 Cabe dar al régimen procesal nacional una interpretación que permita al juez apreciar el carácter eventualmente abusivo de la cláusula en la que se fundamenta la reclamación de honorarios, debiendo el Juzgado remitente comprobar este extremo
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 Se califica de práctica comercial engañosa la incorporación al contrato de una cláusula de desistimiento por la que se impone al cliente una penalidad económica si desiste, lo que no fue mencionado en la oferta comercial ni en la información previa
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 Es contrario al derecho de la UE el procedimiento de jura de cuentas, pues el juez no puede examinar el carácter abusivo conforme a la norma nacional, quedando limitado al recurso del consumidor contra el Decreto dictado por el LAJ
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ANTECEDENTES DE HECHO
Sentencia
1 La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»), de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO 1993, L 95, p. 29; corrección de errores en DO 2015, L 137, p. 13), en su versión modificada por la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011 (DO 2011, L 304, p. 64) (en lo sucesivo, «Directiva 93/13»), y de la Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, que modifica la Directiva 84/450/CEE del Consejo, las Directivas 97/7/CE, 98/27/CE y 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) n.º 2006/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo («Directiva sobre las prácticas comerciales desleales») (DO 2005, L 149, p. 22).
2 Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre D. Vicente, abogado, y D.a Delia, su clienta, a raíz del impago de los honorarios reclamados por los servicios jurídicos prestados a esta.
Marco jurídico
Derecho de la Unión
Directiva 93/13
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