Jurisprudencia
SP/SENT/1165850
TS, Sala Primera, de lo Civil, 835/2022, de 25 de noviembre
Recurso 1656/2022. Ponente: ANTONIO GARCIA MARTINEZ.

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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Tramitación en primera instancia
1. El procurador D. Eduardo Martínez Pérez, en nombre y representación de D. Jose Miguel, interpuso una demanda de divorcio contencioso contra Dña. Rosana y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, solicitó del Juzgado que se dictara sentencia por la que estimando íntegramente la demanda, "[...] se declare haber lugar a la disolución por divorcio del matrimonio celebrado entre D.ª Rosana y D. Jose Miguel, determinándose los siguientes efectos:
" A) Decretar que la patria potestad de la menor de edad Zaida, la ejercerán conjuntamente ambos progenitores, en beneficio de ésta. La patria potestad será ejercida conjuntamente por los progenitores, precisándose el consentimiento de ambos o, en su defecto, la autorización judicial, para adoptar las decisiones que afecten a los aspectos más trascendentes de la vida, salud, educación y formación de la menor. Notificada fehacientemente al otro progenitor la decisión sobre la menor que pretende adoptar el otro, recabando su consentimiento, se entenderá prestado tácitamente el mismo si en el plazo de los diez días naturales siguientes no lo deniega. En este supuesto será precisa la previa autorización judicial para poder ejecutar la decisión objeto de discrepancia. Las decisiones relativas a aspectos o materias de la vida de la menor distintas de las enunciadas corresponderán al progenitor que tenga consigo a la menor, en cu