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 Doctrina y Consultas

SP/DOCT/121791

Artículo Monográfico. Febrero 2023

Aspectos mercantiles. Ley 2/2023, Protección de personas que informen sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción

Adela del Olmo. Directora de Mercantil, Concursal y Bancario de Sepín
RESUMEN

Ley 2/2023, de 20 de febrero, de protección de personas que informen sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción además de ser de gran relevancia por su contenido, transpone a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019. Ambas normas generan unas relevantes modificaciones en materia mercantil de las que pretendemos hacerno eco en este comentario. Además prestamos especial interés al Anexo de la mencionada norma comunitaria por contener información de todo punto relevante

PALABRAS CLAVE

Informantes, canales de información, empresas de más de 50 trabajadores, infracciones derecho comunitario, infracciones normas UE en competencia y ayudas otorgadas por Estados, infracciones intereses financieros de UE, protección de personas trabajadoras, CNMC, CNMV, Ordenación, supervisión y solvencia entidades de crédito, servicios, productos, mercados financieros, prevención de blanqueo de capitales, financiación del terrorismo, seguridad del transporte, infracciones a intereses financieros UE del art 325 TFUE

Gestión Documental
Introducción
El pasado 21 de febrero de 2023, se publicó en el BOE la Ley 2/2023, en primer lugar llamamos la atención sobre algunas de sus Disposiciones finales por modificar normas de carácter mercantil, como la Ley de Defensa de la Competencia, la Ley de Ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito y por otro lado, que se incorpora la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, sobre protección de personas que informen sobre infracciones del Derecho UE y cuyo objeto es reforzar la aplicación del Derecho y políticas UE en ámbitos específicos estableciendo normas mínimas comunes que proporcionen un elevado nivel de protección a personas que informen sobre estas infracciones.
Establece normas para proteger a personas que informen sobre infracciones del Derecho UE dentro del ámbito de aplicación de los actos de la UE del Anexo, que recogemos en este comentario, relativas, por ejemplo, a servicios productos, mercados financieros, y prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, seguridad del transporte, protección de consumidores, infracciones que afecten a intereses financieros UE como las del art 325 TFUE como se concretan en las correspondientes medidas de la UE; infracciones en el mercado interior, ex art 26. 2 TFUE, incluidas las de normas comunitarias en competencia y ayudas otorgadas por los Estados, e infracciones en mismo mercado respecto a actos que infrinjan normas del impuesto de sociedades. Además
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