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 Doctrina y Consultas

SP/DOCT/121809

Artículo Monográfico. Marzo 2023

Aplicación de la agravante de disfraz en relación con el uso obligatorio de mascarilla durante la pandemia (COVID -19) ¿Es posible su aplicación automática?

María José Cortés López. Juez sustituta
RESUMEN

El presente artículo trata sobre la posible aplicación de la circunstancia agravante de disfraz prevista en el art. 22.2 CP durante la situación de pandemia generada por el COVID 19 al imponer ésta el uso obligatorio de las mascarillas quirúrgicas ¿Es posible su apreciación automática?

This article deals with the possible application of the aggravating circumstance of disguise provided for in article 22.2 of the Criminal Code during the pandemic situation generated by COVID 19 when it imposed the mandatory use of surgical masks. Is its automatic assessment possible?

PALABRAS CLAVE

Circunstancias agravantes, disfraz, uso de mascarilla, COVID-19

Aggravating circumstances, disguise, Use of mask, COVID-19

Gestión Documental
I. Ideas generales
Como circunstancias agravantes se consideran aquellos elementos esenciales o, accidentales del delito, que por revelar una mayor culpabilidad o antijuridicidad son tenidos en cuenta por el Legislador para fijar o graduar la pena correspondiente a una determinada infracción penal.
En nuestro Código Penal, además de la Parte Especial, denominadas circunstancias cualificativas, se regulan en la Parte General, en el art. 22, con un sistema de "numerus clausus" denominándose circunstancias agravantes genéricas.
Por lo que se refiere a la agravante de disfraz, ésta se regula en el número 2ª del citado precepto que señala:
"Son circunstancias agravantes: 2.ª Ejecutar el hecho mediante disfraz, con abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente".
Con carácter general se dice que la "ratio essendi" de esta circunstancia que consiste en cualquier ocultación o desfiguración del rostro o las facciones, de la apariencia exterior o de la indumentaria habitual del sujeto activo, consiste en, unas ocasiones en las mayores posibilidades comisivas y en otras, las más, el haber conseguido el culpable o ser reconocido o identificado, esto es, una mayor facilidad en la ejecución o una más segura impunidad.
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