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Arrendamientos Urbanos

AP Albacete, Sec. 1.ª, 172/2015, de 22 de julio. Recurso 199/2015

Ponente: JOSE GARCIA BLEDA
SP/SENT/824263
Gestión Documental
 Procede tener por declarada la enervación del desahucio por falta de pago debiendo el arrendatario abonar las costas devengadas
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ANTECEDENTES DE HECHO
ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y
1º.- Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: " FALLO: Que estimando la demanda formulada por Inversiones La Purita S.L. contra Toallas La Bruja S.A. debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes el uno de junio de dos mil trece sobre el local comercial sito en Albacete, calle Marqués de Molins nº 9, bajo, y debo condenar y condeno a Toallas La Bruja S.A. a desalojar el local comercial sito en Albacete, calle Marqués de Molins nº 9, bajo, y a pagar a Inversiones La Purita S.L. los intereses legales de doce mil euros desde el nueve de octubre de dos mil catorce hasta el diecinueve de diciembre de dos mil catorce, las rentas mensuales que se devenguen desde la interposición de la demanda hasta que se ponga el inmueble a disposición de la parte actora a razón de tres mil euros mensuales y las costas procesales.- Contra la presente sentencia, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Albacete, que, en su caso, deberá interponerse ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días desde su notificación.- Notifíquese a las partes dando cumplimiento al artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial , y déjese certificación literal de la presente resolución en los autos.- Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.-"
2º.- Contra la Sentencia anterior se in
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