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Arrendamientos Urbanos

TS, Sala Primera, de lo Civil, 271/2016, de 22 de abril. Recurso 5/2015

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
SP/SENT/850199
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 Obtención del certificado de defunción del arrendatario a efectos de subrogación después de pronunciada la sentencia: se estima la demanda de revisión
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La procuradora doña Carmen Azpeitia Bello, en nombre y representación de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid S.A., mediante escrito presentado en el Registro General del Tribunal Supremo el día 6 de febrero de 2015, interpuso demanda de revisión de la sentencia firme dictada el día 15 de abril de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia n.º 92 de Madrid en juicio ordinario 692/2012 y, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación al caso, terminó suplicando que se dictara sentencia por la que se procediera a su rescisión.
SEGUNDO.- Tras la providencia inicial e informe del Ministerio Fiscal, se dictó auto de 15 de abril de 2015, por el que se admitió a trámite la demanda de revisión y se reclamaron las actuaciones del pleito cuya sentencia se impugna, ordenando el emplazamiento de los litigantes para que, dentro del plazo de veinte días, se personaran con abogado y procurador y contestaran a la demanda, habiendo comparecido y contestado a la misma oponiéndose el procurador don Juan Luis Senso Gómez, en nombre y representación de doña Valentina .
TERCERO.- Recibidos en esta Sala los autos de instancia, se acordó con la conformidad de las partes señalar para votación y fallo, habiéndose fijado la deliberación para el día 6 de abril de 2016. El Ministerio Fiscal ha solicitado la estimación de la demanda.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Resumen de antecedentes.
1. La Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid S.A. promovió, con fecha 25 de mayo de 2012, demanda de juicio ordinario contra Dª Valentina , en la que solicitaba la extinción del contrato de arrendamiento de fecha 2 de noviembre de 1988 sobre la vivienda propiedad de aquella, sita en Madrid, DIRECCION000 NUM000 NUM001 , por falta de notificación de la subrogación mortis causa al fallecimiento del arrendatario subrogado, D. Abel , y por no proceder tal subrogación en la persona de la demandada. Se interesaba la restitución de la vivienda.
2.- La demanda fue turnada al Juzgado de Primera Instancia n.º 92 de Madrid y se registró como juicio ordinario n.º 692/2012. Con fecha 15 de abril de 2014, se dictó sentencia desestimatoria de la demanda, con fundamento único en la falta de acreditación del fallecimiento de D. Abel , arrendatario subrogado de la vivienda. En el procedimiento se libraron oficios al Registro Civil de Madrid y Central, con resultado negativo. En concreto, el fundamento de derecho 2º de la sentencia establece lo siguiente:
«Siendo el fallecimiento del titular del arrendamiento el hecho causante para que opere la subrogación mortis causa o, en su caso, se produzca le extinción del contrato, y negado este hecho por la parte demandada, corresponde a la actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 217 LEC , la prueba de dicho hecho.
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