SP/AUTRJ/944392
TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 5 de marzo de 2018
Recurso 4960/2017. Ponente: JOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR.

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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El procurador de los tribunales D. Juan Manuel Beautell López, en nombre y representación de Dª. Almudena , interpuso ante la Sala de lo Contencioso- administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede Santa Cruz de Tenerife, recurso contencioso-administrativo contra el artículo 3.2 del Decreto 113/2015, de 22 de mayo , por el que se aprueba el Reglamento de las viviendas vacacionales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Tramitado el recurso con el núm. 99/2015, la Sala de instancia lo estima por Sentencia de 25 de mayo de 2017 . Pone de manifiesto la Sala que el artículo 3.2 y el subapartado tercero del apartado IV del anexo 2 por el que « quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de este Reglamento las edificaciones ubicadas en suelos turísticos que se encuentren dentro de las zonas turísticas o de las urbanizaciones turísticas, así como las viviendas ubicadas en urbanizaciones turísticas o en urbanizaciones mixtas residenciales turísticas (...) » ha sido anulado ya por la sentencia de la misma Sala de 21 de marzo de 2017 (recurso 94/2015 ) por carecer de cobertura legal en la Ley de Turismo de Canarias - ley 2/2013, de 29 de mayo- e infringir la libertad de empresa ( artículo 38 CE ) y la libertad de prestación de servicios (Directiva 2006/123/CE) limitando la oferta turística sin justificación suficiente.
Remite la Sala a la fundamentación jurídica de aquella primera sentenc