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SP/DOCT/105350

Artículo Monográfico. Marzo 2020

Lo que son y lo que no son los préstamos a consumidores denominados en divisas

Paloma de Barrón Arniches. Profesora contratada, Doctora de Derecho civil. Universidad de Lleida
RESUMEN

El objetivo de este trabajo es mostrar el Derecho de la Unión aplicable a los préstamos a consumidor, puesto que esta normativa resulta muy relevante a los efectos de clarificar la naturaleza de los créditos a consumidores denominados en divisas, y de diferenciarlos de otros productos o servicios financieros que la entidad prestamista puede comercializar. Así, me planteo la aplicabilidad a este supuesto tanto de la Directiva 93/13/UE como de las Directivas sobre el crédito al consumo, la 2014/17/UE y la 2008/48/UE, excluyendo por el contrario la Directiva 2004/39/UE relativa a los mercados de instrumentos financieros, para la regulación de los préstamos a consumidores denominados en divisas. La segunda cuestión que trato en mi artículo es el principio de buena fe en la contratación, que ha sido profusamente desarrollado por los artífices del soft law de Derecho contractual europeo y que asoma de nuevo en las sentencias del Tribunal de Justicia y de nuestros tribunales en relación con la necesaria contribución de la entidad prestamista para lograr una financiación responsable de los consumidores.

The aim of this work is to show the Law of the Union applicable to the consumer’s loans, since this regulation is very relevant in order to clarify the nature of the consumer credits named in foreign currency. Furthermore, consumer credits must be separated from other products or financial services that the bank may commercialize. These contracts are regulated by the 93/13/UE Directive and by the consumer credits Directives, the 2014/17/UE and the 2008/48/UE. Contrarily, the 2004/39/UE Directive relating to the markets of financial instruments must be excluded from the regulation of consumer credits. The second point that I address in this paper is the contractual good faith principle, which has been deeply developed by the Contractual European Law researchers. The jurisprudence, in relation to the necessary contribution of the banks to achieve a responsible financing for the consumers, bases its conclusions in this principle.

PALABRAS CLAVE

Préstamo, consumidores, divisas, buena fe contractual.

Loan, consumers, foreign exchange, contractual good faith.

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Sentencia objeto de comentario
STJUE, Banif Plus Bank Zrt. c. Márton Lantos y Mártonné Lantos, C-312/14, de 3 de diciembre de 2015.
1. Introducción
El presente trabajo analiza la Sentencia del TJUE Banif Plus Bank Zrt. c. Márton Lantos y Mártonné Lantos, C-312/14, de 3 de diciembre de 2015, uno de los precedentes indispensables en la configuración de la doctrina actual del Tribunal Europeo sobre los préstamos denominados en divisas.
En efecto, junto con la anterior Sentencia del TJUE, Árpád Kásler y Hajnalka Káslerné Rábai c. OTP Jelzálogbank Zrt, C-26/13 de 30 de abril de 2014, y la posterior y tan celebrada Sentencia del TJUE Ruxandra Paula Andriciuc y otros c. Banca Rom?neasca SA, C-186/16, de 20 de septiembre de 2017, la resolución objeto de análisis contribuye de forma relevante a delimitar el alcance de la protección que el Tribunal europeo otorga a los consumidores que han contratado un crédito denominado en moneda extranjera.
Los hechos relevantes, extraídos de la propia resolución de remisión dirigida por el tribunal húngaro al TJUE, serían los siguientes:
"Primero. El 11 de junio de 2008 el Sr. Lantos, celebró un contrato de crédito al consumo con la entidad financiera Banif Plus Bank, denominado en divisas. El objeto del préstamo solicitado era la compra de un vehículo. La Sra. Lantos, en su condición de cónyuge del Sr. Lantos, resulta vinculada por este contrato.
Segundo. El objeto del contrato de préstamo era la determinación de las condiciones relativas a la puesta a disposic