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SP/DOCT/109142

Artículo Monográfico. Febrero 2021

Testigos de Jehóvá y Derecho de la Unión Europea en materia de Protección de Datos de Carácter Personal (A propósito de la Sentencia nº C-25/17, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) de 10 de Julio de 2018)

Alfonso Ortega Giménez. Profesor Contratado. Doctor de Derecho internacional privado de la Universidad Miguel Hernández de Elche
RESUMEN

La protección de datos no se escapa de ningún ámbito de nuestra vida, ni siquiera la religión. Actualmente, existen prácticas por algunas comunidades (e incluso empresas) que consiste en acudir presencialmente a los domicilios de personas para fidelizar creyentes (o clientes). Para esas prácticas suelen tomarse datos personales, pero dicha práctica muestra algunos puntos oscuros como la existencia de corresponsables, la existencia o no de ficheros y la aplicación de la legislación sobre protección de datos.

Data protection does not escape from any area of our life, not even religion. Currently, there are practices by some communities (and even companies) that consists of attending in person the homes of people to loyalize believers (or customers). For these practices, personal data are usually taken, but this practice shows some obscure points such as the existence of co-responsibility, the existence or not of files and the application of data protection legislation.

PALABRAS CLAVE

Datos Personales, Protección de Datos, Derecho de la Unión Europea.

Personal Data, Data Protection, European Union Law.

Gestión Documental
Sentencia objeto de comentario
STJUE de 10 de julio de 2018, C–25/17, Jehovan todistajat. (SP/SENT/961308)
1. Planteamiento
El conflicto entre la religión y la protección de datos siempre ha sido uno de los mayores conflictos en la materia desde la aprobación de las primeras leyes sobre protección de datos, aunque ni la propia religión se libra de esta. Ya en la LORTAD se recogía en su ámbito de aplicación el tratamiento realizado por las entidades religiosas Nota , continuó de forma genérica con la LOPD y con el RGPD, salvo con las especialidades en cuanto a la legitimación del tratamiento por parte de estas entidades. Un ejemplo de los conflictos entre ambas materias se materializa, por ejemplo, en la consideración como ficheros los libros de bautismo, el ejercicio del derecho de cancelación en los registros de matrimonio, cuestiones ya tratadas por los tribunales española. Los asuntos que viene a tratar la STJUE de 10 de julio de 2018, C–25/17, Jehovan todistajat se centran en la aplicación de la legislación sobre protección de datos a la actividad "comercial" de los pred