Artículo Monográfico. Febrero 2021
El procedimiento cambiario frente a la doctrina de la obligación del juez de examinar de oficio el carácter abusivo de las cláusulas contractuales en relaciones de consumo: análisis de la sentencia Profi Credit Polska dictada por el TJUE el 13 de septiembre 2018 (asunto C-176/17)
Francisco Verdún Pérez Verdún Abogados
RESUMEN
Al aplicar por primera vez a una obligación cambiaria su doctrina sobre el deber del órgano jurisdiccional nacional de apreciar de oficio la posible naturaleza abusiva de las cláusulas contenidas en un contrato de consumidores, el TJUE concluye la incompatibilidad del procedimiento monitorio polaco con la Directiva 93/13. Trasladados los resultados de dicho examen a nuestro juicio cambiario, la ampliación de la duración del plazo actual de diez días para la interposición de la demanda de oposición por el deudor cambiario se vislumbra una modificación normativa necesaria para garantizar la tutela judicial efectiva del consumidor. Además, la obligada adaptación del juicio cambiario a la doctrina del TJUE debería implicar la inclusión —en el marco de la sustanciación de la oposición— del control judicial de abusividad de las cláusulas del eventual contrato concerniente a la relación causal subyacente, ofreciendo a las partes la posibilidad de debatir la cuestión de forma contradictoria.
ABSTRACT
When applying for the first time to a promissory note its doctrine on the duty of the national court to assess ex officio the unfairness of contractual terms in consumer contracts, the CJEU comes to the conclusion that Polish order for payment procedure is incompatible with Directive 93/13. If we implement the outcome of the CJEU`s analysis into the Spanish procedure on bills of exchange and promissory notes (juicio cambiario), we infer a necessary legal modification to guarantee effective judicial protection to the consumer consisting in the extension of the current ten day term for the lodging of an objection by the debtor. In addition, the obligatory adjustment of the juicio cambiario to the CJEU’s doctrine should imply within the framework of the opposition proceedings that the national court has to assess of its own motion the unfairness of the terms of the contract underlying the promissory note, inviting the parties to set out their views on that matter.