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SP/DOCT/109161

Artículo Monográfico. Julio 2021

Responsabilidad civil derivada de ruidos y molestias en el desarrollo de actividades turísticas o de ocio

Purificación Cremades García. Profesora Contratada Doctora de Derecho civil. Departamento de Ciencia Jurídica. Universidad Miguel Hernández. Elche
RESUMEN

Los conflictos surgidos en lugares con una gran afluencia turística, y concretamente los problemas derivados de ruidos y molestias por el ocio nocturno, suponen injerencias en la vida privada y en la salud de las personas. Además, la proliferación de viviendas para uso de corta estancia ha ido conformando un panorama fácilmente comparable, en cuanto a la turbación para la convivencia vecinal, al que se produce con los ruidos, molestias y demás inmisiones procedentes de bares, restaurantes, discotecas y otros locales de ocio.

Conflicts that arise in places with a large influx of tourists and specifically the problems derived from noise and annoyances due to nightlife, involve interference in the privacy and health of people. In addition, the proliferation of homes for short-stay use has been shaping an easily comparable panorama, in terms of disturbance for neighborhood coexistence, to that produced by noise, annoyances and other immissions from bars, restaurants, discos and other entertainment venues.

PALABRAS CLAVE

Ruido, actividades molestas, responsabilidad civil, Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Noise, nuisance activities, civil liability, European Court of Human Rights.

Gestión Documental
Sentencia objeto de comentario
STEDH 23383/12, de 16 de enero de 2018 (SP/SENT/938454), asunto Cuenca Zarzoso contra España.
I. Introducción
El Sr. Cuenca Zarzoso demanda a España ante el TEDH por violación del art. 8 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, por vulneración del derecho al respeto a su vida privada y a su domicilio. La petición es motivada debido a que, en la zona de San José de Valencia, donde se sitúa la vivienda del demandante, existe un importante nivel de ruidos nocturnos, al encontrarse en la misma sala de ocio, discotecas, pubs y otros establecimientos de hostelería, lo que ha provocado incluso la declaración de zona acústicamente saturada por el propio municipio. Es por ello por lo que solicita indemnización como compensación por las obras realizadas en su vivienda para insonorizarla e instalar aire acondicionado, y daños morales por el insomnio y angustia causados por la situación y el impacto en la salud del demandante.
Con reiteración en la doctrina de la STEDH 4143/2002, de 16 de noviembre de 2004, Moreno Gómez contra España, el presente caso no trata tanto sobre una injerencia de las autoridades públicas en el ejercicio del derecho al respeto del domicilio, sino sobre la inactividad, o más bien la insuficiencia de las medidas adoptadas por las referidas autoridades, para hacer cesar la violación. Las regulaciones para proteger derechos garantizados no sirven de nada si no se aplican correctamente y es que el convenio está para garantizar derechos efectivos, no derechos ilusorios.
El Tribunal cons