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SP/DOCT/111887

Artículo Monográfico. Mayo 2021

Procedimiento Acelerado

Santiago Rodríguez Bajón. Abogado. Área sectores regulados. Cremades&Calvo-Sotelo Abogados
Gestión Documental
Se presenta por escrito separado
AUTO DEL TRIBUNAL GENERAL (Sala Sexta) de 19 de noviembre de 2020, asunto T32/20, ECLI:EU:T:2020:552. (SP/AUTRJ/1092978)
14 Con carácter preliminar, a tenor del artículo 152, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento, la solicitud de procedimiento acelerado deberá presentarse, mediante escrito separado, en el momento de presentación de la demanda o del escrito de contestación y contendrá una motivación que precise la especial urgencia del asunto y las demás circunstancias pertinentes.
15 En la demanda, los demandantes han solicitado al Tribunal, en esencia, que resuelva mediante procedimiento acelerado, por considerar que la naturaleza del caso exige su tramitación en breve plazo.
16 Consta que tal solicitud no ha sido presentada mediante escrito separado y que no está suficientemente motivada. En consecuencia, no reúne los requisitos establecidos en el artículo 152, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento y debe ser denegada.