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SP/DOCT/111929

Artículo Monográfico. Mayo 2021

Acuerdo internacional (negociaciones)

Santiago Rodríguez Bajón. Abogado. Área sectores regulados. Cremades&Calvo-Sotelo Abogados
Gestión Documental
Negociaciones para acuerdo internacional como acto preparatorio
Sentencia del Tribunal General, de 10 de mayo de 2017, T754/14, ECLI:EU:T:2017:323 (SP/SENT/1097010)
34. Ante todo, debe señalarse que las partes coinciden en considerar que una decisión del Consejo por la que se autoriza a la Comisión, de conformidad con los artículos 207 TFUE y 218 TFUE, a abrir negociaciones sobre la celebración de un acuerdo internacional constituye un acto preparatorio en relación con la posterior decisión de firma y de celebración de tal acuerdo y que despliega efectos jurídicos entre la Unión y sus Estados miembros, así como entre las instituciones de la Unión (véanse, en este sentido, las sentencias de 4 de septiembre de 2014, Comisión/Consejo, C114/12, EU:C:2014:2151, apartado 40, y de 16 de julio de 2015, Comisión/Consejo, C425/13, EU:C:2015:483, apartado 28).