SP/DOCT/114426
Notas y Comentarios. Julio 2022
Ley 10/2022, de 14 de junio: deducción en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas
Samuel de Huerta Hernández.
Director de Sepín Fiscal. Abogado
La Ley 10/2022, de 14 de junio confirma las medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia contempladas en el RD-Ley 19/2021, de 5 de octubre, confirmando la que en aquel momento constituía la principal novedad una nueva disposición adicional quincuagésima en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, posibilitando la deducción en el tributo del importe que se destine a obras de mejora en la eficiencia energética de viviendas o edificios residenciales hasta un 60% de su importe, dependiendo de la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración, la mejora de la calificación energética o la reducción del consumo de energía primaria no renovable.
Estas deducciones tendrán un período de aplicación hasta el 31 de diciembre del 2022 en los supuestos de vivienda habitual y hasta el 31 de diciembre del 2023 en el caso de edificios residenciales.
En resumen, procederá la deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en la vivienda habitual o en inmueble que esté destinado o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual siempre que, en este último caso, la vivienda se alquile antes de 31 de diciembre de 2023. La deducción será hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.
Se establece una deducción del
40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calific