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SP/DOCT/118831

Artículo Monográfico. Enero 2022

Medidas cautelares de la jurisdicción social: Introducción

Jaume González Calvet. Magistrado. Doctor en Derecho
Gestión Documental
La Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social (LJS), innovó el proceso social en múltiples aspectos, siendo uno de los más destacados el relativo a las medidas cautelares. Tras 10 años de vigencia, hay que reconocer que la LJS ha logrado uno de los objetivos propuestos: la consolidación definitiva en el proceso social de la justicia cautelar, situándola en el rango que se merece en su condición de parte integrante del contenido esencial del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE).
La regulación de las medidas cautelares en la Ley de Procedimiento Laboral (LPL) era mínima, casi marginal, tanto que incluso suscitaba dudas entre los operadores jurídicos y los órganos judiciales de si cabía en esta jurisdicción alguna otra cautela más allá del puro embargo preventivo o de la suspensión del acto impugnado. Tal vez por esta raquítica reglamentación se explica que la última monografía sobre medidas cautelares en el procedimiento laboral datase de 1996 y que las resoluciones dictadas por juzgados y tribunales acordando cautelas en esta jurisdicción fueran realmente excepcionales, casi rara avis.
También en esta cuestión la pandemia de la COVID-19 ha cambiado las cosas, cambios que han llegado para quedarse. A mediados de marzo de 2020, el Gobierno español afrontó la primera ola de la pandemia que asolaba el país con drásticas medidas de confinamiento domiciliario de la población y con el cese