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SP/DOCT/118935

Preguntas y Respuestas. Octubre 2022

Cuestiones claves sobre la modificación sustancial de condiciones de trabajo

Departamento Jurídico de Sepín Laboral y Seguridad Social
RESUMEN

Compendio de preguntas y respuestas claves sobre la modificación sustancial de condiciones de trabajo con base en la evolución jurisprudencial.

PALABRAS CLAVE

Modificación sustancial de condiciones, caducidad acción, extinción, causas, caducidad, periodo de consultas, procedemiento, representación trabajadores, ejecución

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1.- ¿Cuándo una modificación debe ser considerada como sustancial?
La jurisprudencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, desde antiguo, ha venido señalando que para determinar el carácter sustancial o no de la modificación no puede acudirse sin más a la lista que incorpora el art. 41.1 del Estatuto de los Trabajadores, dado que se trata de una lista ejemplificativa y no exhaustiva, de suerte que el mencionado listado no incorpora todas las modificaciones que pueden ser sustanciales ni tampoco atribuye el carácter de sustancial a toda modificación que afecte a alguna de las condiciones listadas. En definitiva, la aplicación del art. 41 del Estatuto de los Trabajadores no está referida al hecho de que la condición sea sustancial, sino a la necesidad de que lo sea la modificación.
Por tanto, es decisivo delimitar, en cada caso concreto, si la modificación operada cabe calificarla como sustancial o no, y, para ello, se ha de partir de la clásica afirmación de la Sala según la que "por modificación sustancial de las condiciones de trabajo hay que entender aquellas de tal naturaleza que alteren y transformen los aspectos fundamentales de la relación laboral, entre ellas, las previstas en la lista «ad exemplum' del art. 41.2 pasando a ser otras distintas, de un modo notorio, mientras que cuando se trata de simples modificaciones accidentales, estas no tienen dicha condición siendo manifestaciones del poder de dirección y del «ius variandi' empresarial". Esto es, "ha de valorarse la importancia cualitativa de la modificación impuesta, su alcance temporal y las eventuales compensaciones pactadas, pues de tales circunstancias dependerá que la intensidad del sacrificio que se impone al trabajador haya de ser calificado como sustancial o accidental", lo que conlleva necesariamente que,