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SP/DOCT/119267

Preguntas y Respuestas. Febrero 2022

Cuestiones claves sobre los actos procesales en el procedimiento laboral

Departamento Jurídico de Sepín Laboral y Seguridad Social
RESUMEN

Compendio de preguntas y respuestas claves sobre los actos procesales en el procedimiento laboral con base en la evolución jurisprudencial.

PALABRAS CLAVE

Actuaciones judiciales, dies a quo, presentación escritos

Gestión Documental
1.- ¿Cómo deben practicarse las actuaciones procesales?
Las actuaciones procesales deberán practicarse en días y horas hábiles (art. 43.1 LJS).
El inicio de las actuaciones judiciales, es decir, el dies a quo, se inicia siempre al día siguiente (hábil) en que se hubiese efectuado el acto de comunicación y el día final o dies a quem, el último día hábil recogido en la norma. Para la LJS todos los meses del año son hábiles, a excepción del mes de agosto y con determinadas especialidades dependiendo de la acción judicial a entablar, así como de la fase del procedimiento en el que nos encontremos.
El art. 135 LEC, en conexión con el art. 45 LJS, permite presentar los denominados escritos a término, es decir, aquellos que, transcurrido el plazo establecido, se amplía y valida si se presenta hasta las 15 horas del día hábil, siguiente a la fecha de vencimiento del plazo, dándose multitud de pronunciamientos judiciales en aquellos casos en los que el plazo está sometido a caducidad y la papeleta de conciliación o la demanda ante el Juzgado se presenta al día siguiente de su vencimiento (al 21.º día), en palabras del Tribunal Supremo "una prórroga adicional o suplementaria del plazo de presentación de que rige también en el orden social de la jurisdicción (STS de 3.5.2006)".
TS, Sala Cuarta, de lo Social, 3-5-2006 (SP/SENT/300133)
2.- ¿Cómo deben presentarse los escritos y documentos?