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SP/DOCT/119305

Preguntas y Respuestas. Febrero 2022

Cuestiones claves sobre el allanamiento, desistimiento y renuncia

Departamento Jurídico de Sepín Laboral y Seguridad Social
RESUMEN

Compendio de preguntas y respuestas claves sobre el allanamiento, desistimiento y renuncia con base en la evolución jurisprudencial.

PALABRAS CLAVE

Aallanamiento, desistimiento y renuncia

Gestión Documental
1.- ¿Se admite el allanamiento en el proceso laboral?
Sí. El allanamiento se admite en el proceso laboral como una declaración del demandado por la que demuestra su conformidad con las pretensiones del actor.
2.- ¿Cuál es la naturaleza del allanamiento?
El allanamiento, a diferencia de la transacción, se comporta como una decisión unilateral de quien es demandado y no requiere aceptación por parte del demandante que ve reconocidos sus derechos. Por ello, al tratarse de un acto unilateral, la norma prevé que su aceptación judicial solo se producirá en la medida en que no incurra en renuncia prohibida de derechos, fraude de ley, perjuicio de terceros (lo que, en el marco del proceso social, puede ocurrir en muchas ocasiones), o cuando sea contrario al interés público.
3.- ¿Qué efectos produce el allanamiento?
El allanamiento total a las pretensiones del actor, provocarán que el Magistrado dicte sentencia condenatoria de acuerdo con las pretensiones del actor, mientras que el allanamiento parcial provocará que se dicte auto aprobatorio, que será directamente ejecutable si es posible un pronunciamiento separado, sin prejuzgar el fondo de las restantes cuestiones no allanadas.
4.- ¿Qué diferencia hay entre el desistimiento y la renuncia?
El desistimiento lo es del juicio y la renuncia lo es a la acción ejercitada o al derecho en que se funde, y el desistimiento requiere que el demandado manifieste su conformidad o disconformidad y no impide presentar posteriormente otra demanda ejercitando la misma acción, mientras que la renuncia sí lo impide; mientras que la renuncia el Tribunal dictará sentencia absolviendo al demandado.
Véanse: - TS, Sala Cuarta, de lo Social, 16-6-2020 (SP/SENT/1059423). Validez de allanamiento del demandado presentado ante la Sala Cuarta.
- TS, Sala Cuarta, de lo Social, 14-5-2020 (SP/SENT/1053364). Acceso a suplicación: el allanamiento parcial del demandado no disminuye la cuantía litigiosa a efectos del acceso a suplicación.