CARGANDO...
SP/DOCT/119588

Informes y Conclusiones. Julio 2022

Dictamen de la Comisión de Justicia tras el examen del Informe de la Ponencia del Congreso. 23 de junio de 2022

Fuente: Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados
RESUMEN

La Comisión de Justicia expone motivadamente su opinión sobre nuestro actual marco económico y sobre los cambios en nuestro sistema que, ya adelantaba la propia exposición de motivos del actual TRLC, advirtiendo que, para la armonización de la normativa concursal, además del TR, serían necesarias ulteriores modificaciones, como ha sucedido con la transposición de la Directiva 2019/1023 (Reestructuración preventiva, exoneración de deudas, inhabilitaciones, medidas para aumentar la eficiencia de procesos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, que modifica Directiva 2017/1132, de determinados aspectos del Derecho societario), tarea que está revistiendo una extraordinaria dificultad. Los sistemas de insolvencia tienen como finalidad económica una reasignación eficiente de los recursos productivos, pero, en casos de actividad inviable, el sistema procura sustraer el mayor valor de los activos del deudor para devolver a los acreedores parte de sus créditos. Al mismo tiempo, cuando el deudor insolvente es persona física, le ofrece la exoneración parcial del pasivo insatisfecho, brindándole una segunda oportunidad que evite su paso a la marginalidad, que también generaría graves consecuencias para nuestro tejido socioeconómico y empresarial. Estos mecanismos han de aplicarse prematuramente, eludiendo el procedimiento concursal, que ha resultado lento, ineficaz y poco edificante. Para ello, son de máxima importancia los institutos preconcursales como la reestructuración temprana de deudas o, en su caso, la rápida y ordenada liquidación. Se trata, de preservar un marco de tráfico mercantil saneado y productivo y garantizar una verdadera segunda oportunidad a empresas, Pymes, autónomos, microempresas y deudores y de alejar de nuestra economía empresas inviables que, lastran el crecimiento económico al continuar su actividad aumentando absurdamente su pasivo. Más aun en nuestro país, donde el porcentaje de deudores que solicitan el concurso supera en la actualidad el 45%.

PALABRAS CLAVE

Reestructuración temprana, insolvencia, liquidación, segunda oportunidad, deudor persona física, exoneración del pasivo insatisfecho, Plan de reestructuración, institutos preconcursales, créditos públicos, microempresas, Pymes, autónomos, sistemas de transmisión de unidad productiva, representación de los trabajadores, negociación colectiva, negociación con los acreedores, asistencia letrada, AC, procedimiento abreviado, suspensión de ejecuciones singulares, continuación de la actividad, comunicación conjunta de grupo empresarial

Gestión Documental