La nueva
Ley 13/2022, de 7 de Julio, General de Comunicación Audiovisual SP/LEG/37868 (en adelante, LGCA) traspone al ordenamiento jurídico español la denominada
Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual SP/LEG/25204
Nota .
Esta norma llega con un retraso de más de año y medio, habiendo sido España expedientada por la Comisión Europea en noviembre de 2020, junto con otros veintidós socios de la Unión Europea, por no haber incorporado a su legislación la nueva directiva comunitaria sobre los servicios audiovisuales.
1. Objetivos
1.1. Adaptación de la regulación de la prestación de servicios de comunicación audiovisual a la evolución del mercado
El objetivo principal de la nueva norma es la adaptación de la regulación de la prestación de los servicios de comunicación audiovisual a la evolución de la realidad del mercado, al haberse multiplicado los nuevos agentes y los servicios audiovisuales a través de las tecnologías digitales.
Para ello la LGCA, no regula únicamente la prestación del servicio de comunicación audiovisual lineales, constituido básicamente por los servicios radiofónicos y televisivos tradicionales (es decir, los que se prestan para el visionado/audición simultáneo de programas y contenidos sobre la base de un horario de programación), sino que también normaliza los servicios de comunicación audiovisual televisivos a petición o televisivos no lineales, es decir, los que se prestan para el visionado de programas y contenidos en el momento elegido por el espectador y a su propia petición sobre la base de un catálogo de programas seleccionado por el prestador del servicio (aquí se agrupan las llamadas plataformas de "streaming": Movistar, Netflix, HBO, Amazon Prime, Disney+, etc.).
Y, cómo principal novedad, regula el
servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma, definido en la propia norma como el
"servicio cuya finalidad principal propia o de una de sus partes disociables o cuya funcionalidad esencial consiste en proporcionar, al público en general, a través de redes de comunicaciones electrónicas, programas, vídeos generados por usuarios o ambas cosas, sobre los que no tiene responsabilidad editorial el prestador