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SP/DOCT/119864

Artículo Monográfico. Septiembre 2022

La pensión alimenticia: Fijación

Julián Ángel González Sánchez. Magistrado
RESUMEN

La pensión alimenticia es, sin duda, uno de los temas más controvertidos en el Derecho de Familia, siendo numerosas las cuestiones que tienen cabida dentro de ella, y que se analizan en este libro, a la vista de las resoluciones emanadas de los juzgados y tribunales de Familia.

De su amplísimo e interesante índice se destacan cuestiones como: su concepto y caracteres; su fijación o la forma de pago; cómo actualizar su cuantía; cómo modificarla, para aumentarla, reducirla o extinguirla, y qué efectos tiene esa modificación. Y, en cuanto a los aspectos procesales, podemos destacar la legitimación o la reconvención.

Estamos sin duda ante una obra imprescindible para el especialista en Derecho de Familia.

Alimony is, undoubtedly, one of the most controversial issues in Family Law, being numerous the questions that have place within it, and that are analyzed in this book, in view of the resolutions emanated from the Family Courts and Tribunals.


From its extensive and interesting index, issues such as: its concept and characteristics; its fixation or the form of payment; how to update its amount; how to modify it, to increase it, reduce it or extinguish it, and what are the effects of such modification. And, as regards procedural aspects, we can highlight the legal standing or the counterclaim.


This is undoubtedly an essential work for the specialist in Family Law.

PALABRAS CLAVE

Pensión alimenticia, cuantía, forma de pago, modificación, aumento, reducción, extinción, impago, incumplimiento, legitimación

Alimony, amount, form of payment, modification, increase, reduction, termination, non-payment, non-compliance, legal standing

Gestión Documental
I. Cuantía
¿Para determinar el importe de la pensión alimenticia debe atenderse exclusivamente a los ingresos del progenitor no custodio y a las necesidades de los hijos?
No. Para fijar la cuantía de la pensión alimenticia es necesario tener en cuenta los ingresos de ambos progenitores –pues ambos están obligados a velar por sus hijos menores y a prestarles alimentos (artículo 110 CC)– y las necesidades de los hijos.
Es cierto que el artículo 146 CC señala que "la cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe", pero tal precepto debe ser completado con el artículo 145 CC que, en su párrafo primero, dispone que "cuando recaiga sobre dos o más personas la obligación de dar alimentos –ambos progenitores lo están–, se repartirá entre ellas el pago de la pensión en cantidad proporcional a su caudal respectivo", debiendo tomarse en consideración al tiempo de efectuar el precitado reparto que el progenitor con quien conviven los hijos realiza una serie de prestaciones in natura que, si bien no son susceptibles de exacta cuantificación pecuniaria, sí deben ser oportunamente valoradas, para hacer recaer en mayor medida sobre el otro progenitor las obligaciones de carácter económico, equilibrándose de este modo las prestaciones de los litigantes para con los menores, criterio recogido por diferentes sentencias de la denominada jurisprudencia menor (entre otras, Sentencias de las Audiencias Provinciales de A Coruña, Sección 5.ª, de 5 de febrero de 2015 y 10 de mayo de 2019; Baleares, Sección 4.ª, de 10 de octubre de 2006, 16 de ma