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SP/DOCT/18882

Artículo Monográfico. Septiembre 2015

El procedimiento de jurisdicción voluntaria sobre la extracción de órganos de donantes vivos

José Arsuaga Cortázar. Presidente de la Audiencia Provincial de Cantabria
Gestión Documental
I. Introducción
El tratamiento legal de la cesión, extracción, conservación, intercambio y trasplante de órganos humanos nació de forma efectiva en España, tras la Constitución de 1978, con la Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre Extracción y Trasplante de Órganos Nota .
Su desarrollo reglamentario se encauzó a través del Real Decreto 426/1980, de 22 de febrero, que desarolló la extracción y trasplante de órganos. El Real Decreto 2070/1999, de 30 de diciembre, por el que se regulan las Actividades de Obtención y Utilización Clínica de Órganos Humanos y la Coordinación Territorial en Materia de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos Nota , derogó no solo el citado Real Decreto 426/1980, sino un buen número de disposiciones administrativas relacionadas.
El Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, derogó el Real Decreto 2070/1999, e incorporó al ordenamiento jurídico español la Directiva 2010/53/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2010, sobre Normas de Calidad y Seguridad de los Órganos Humanos Destinados al Trasplante.
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