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SP/DOCT/82767

Artículo Monográfico. Mayo 2019

Artículo 70. Sujetos responsables

José Bonmatí Sánchez. Ayuela Jiménez Abogados, S. L. P.
Gestión Documental
1. Están sujetos al régimen sancionador establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 y en la presente ley orgánica:
a) Los responsables de los tratamientos.
b) Los encargados de los tratamientos.
c) Los representantes de los responsables o encargados de los tratamientos no establecidos en el territorio de la Unión Europea.
d) Las entidades de certificación.
e) Las entidades acreditadas de supervisión de los códigos de conducta.
2. No será de aplicación al delegado de protección de datos el régimen sancionador establecido en este Título.
Comentario
Este artículo recoge todos los sujetos que pueden incurrir en las infracciones que se recogen en los arts. 72 y ss., pudiendo catalogarse, todos ellos, en tres grupos diferenciados, siendo la base de la diferenciación la existencia de sanciones que les son atribuibles a cada uno de ellos.
En primer lugar, encontramos a los responsables y encargados del tratamiento: dos sujetos diferenciados fundamentalmente por las funciones que desempeñan, pero vinculados entre sí por la existente, entre ambos, de una relación jerárquica, con la finalidad de coordinarse para garantizar el correcto tratamiento de los datos personales, desde su obtención hasta su destrucción, pasando por cualquier tipo de actuación considerada como tratamiento.
A pesar de que ambos cumplen con la misma finalidad, su principal diferenciación radica en las facultades de las que ambos disponen, ya que mientras el responsable tiene la facultad de decidir sobre el tratamiento de los datos (ejemplo, uso, contenido, finalidad...), el encargado es el sujeto cuya facultad es la de realizar el tratamiento material conforme a los órdenes del responsable.
Las infracciones en las que ambos pueden incurrir derivan, por un lado, de las obligaciones que les impone para con terceros y, por otro, del incumplimiento de las obligaciones existentes entre ambos como consecuencia de la especial vinculación que les une.
Primero, serán sancio