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AP Alicante, Elche, Sec. 9.ª, 213/2019, de 10 de abril. Recurso 1201/2018

Ponente: MARCOS DE ALBA Y VEGA
SP/SENT/1010924
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 No hay mutación en la causa de pedir, aunque la demandante en su escrito de impugnación de la oposición por impago de facturas de suministro, introdujera la manipulación del contador, ya que el demandado lo conoció antes de la vista
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 Queda suficientemente probada con fotografías, la manipulación del aparato medidor con alteración de los puentes de tensión, por lo que aunque el demandado no asistiera a la inspección, esta es legítima
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por dicho Juzgado de Primera Instancia en los referidos autos, se dictó sentencia con fecha 31 de julio de 2018 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que desestimando(sic) la demanda interpuesta por la mercantil IBERDROLA CLIENTES S.A.U, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Lola Alcocer Antón, frente a DON Jose Carlos , debo condenar y condeno al demandado a abonar a la demandante la cantidad de cuatro mil setecientos cincuenta euros con veintinueve céntimos(4.750,29.-€;) más los intereses que se especifican en el Fundamento de Derecho Tercero,con imposición de las costas a la parte demandada ."
Con fecha 31 de octubre de 2018 se dictó auto rectificando la palabra "desestimando" por la de "estimando".
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada que fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo número 1201/2018, tramitándose el recurso en forma legal. La parte apelante solicitó la revocación de la sentencia de instancia y la apelada su confirmación,señalándose para resolver el día 4 de abril de 2019.
TERCERO .- En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La sentencia de instancia estima la demanda de juicio monitorio presentada en reclamación de 4.750,29 euros correspondientes al "suministro de energía" realizado al demandado conforme a la factura que se adjuntaba con la solicitud inicial,en la que se detallaba una "lectura de consumo" de 22.955,06 kwh realizada entre el 3-8-16 y el 3-8-15 y se decía que dicha factura complementaba otras facturas parciales también relacionadas.
La parte demandada interpone recurso de apelación denunciando que la parte actora incurrió en la denominada mutatio libelli al reclamar inicialmente facturas de consumo para luego, ya en vía de impugnación de la oposición, oponer que se trataba de una refacturación por manipulación del contador,denunciando en todo caso que se habría producido una errónea valoración de la prueba, por lo que interesa una sentencia revocatoria de la de instancia que desestime las pretensiones de la parte actora, con costas.
La parte demandante se opuso al recurso presentado, abundando en el acierto de la resolución recurrida y negando que la pretendida mutatio libelli fuera alegada en el acto de la vista por parte del demandado, por lo que considera que su planteamiento es ahora extemporáneo.
SEGUNDO.- Con carácter previo debe significarse, como ya ha declarado esta Sección 9ª en diversas ocasiones(por todas Sentencia 15/15 de 19 de enero )que "en el ámbito del Proceso Monitorio,