TEAC, 00/02150/2017, de 18 de julio de 2019
Asunto:
Procedimiento de recaudación. Acuerdo denegatorio de aplazamiento insuficientemente motivado con la afirmación genérica de "dificultades estructurales de tesorería"
Criterio:
La Agencia Tributaria no puede, en vía de reposición, tratar de subsanar la falta de motivación del acuerdo denegatorio del aplazamiento añadiendo otros motivos distintos que tratan de fundamentar la denegación del fraccionamiento. Y, asimismo, el mero hecho de instar un acuerdo de refinanciación, una propuesta de convenio anticipada de convenio, o concurso de acreedores no puede generar por sí solo la denegación del aplazamiento fundada en "dificultades estructurales de tesorería".
Se reitera lo manifestado en el RG 3271/2015 en cuanto a que el incumplimiento del calendario provisional de pagos es un elemento más a tener en cuenta para valorar la existencia de dificultades estructurales de tesorería.
Sentencia del Tribunal Supremo de 13.10.2015 Rec. 3393/2013
Referencias normativas:
Ley 58/2003 General Tributaria LGT 65.1RD 939/2005 Reglamento General de Recaudación RGR 51.1