CARGANDO...

AP Córdoba, Sec. 1.ª, 469/2019, de 10 de junio. Recurso 1109/2018

Ponente: CRISTINA MIR RUZA
SP/SENT/1032984
Gestión Documental
 Los requisitos de la acción reivindicatoria pasan por la existencia del título legítimo del dominio reivindicante, la identificación del bien reivindicado y la posesión injusta por el demandado
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 No se aporta documento alguno que contenga acuerdo entre el promotor o la Comunidad de Propietarios del edificio y la compañía eléctrica, pero por la prueba practicada se acredita que existió un acuerdo de cesión de uso
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Hubo un contrato de cesión, aunque no consta que se hiciera por escrito, pero no hay que olvidarse que, nuestro ordenamiento jurídico, en materia de obligaciones y contratos, permite la celebración de estos contratos
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 La posesión se fundamenta en el contrato suscrito por la antecesora de la demandada y el promotor del edificio, cuyos herederos instan la acción, por lo que no puede recuperar la posesión sin antes resolver ese contrato al que ellos están vinculados
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Dado el tiempo transcurrido, la acción ejercitada no es viable ni la retirada de la instalación eléctrica, pues la recuperación de la libertad y plenitud del dominio deberá efectuarse sobre la base de la resolución de un contrato
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- el juicio por su trámite, se dictó sentencia por la Iltma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de esta capital con fecha 23.05.18, cuyo fallo es como sigue:
"Que desestimando la demanda de juicio ordinario, interpuesta por la Procuradora Sra. Lobo Sánchez, en nombre y representación de D. Eliseo, D. Eladio y Dña. Rafaela, contra la entidad ENDESA DISTRIBUCION ELÉCTRICA S. L.U., debo absolver y absuelvo a la referida demandada de todos sus pedimentos, todo ello sin hacer pronunciamiento alguno en materia de costas."
SEGUNDO.- Por la Procuradora de los Tribunales Sra.Lobo Sánchez en representación de la parte demandante, se ha interpuesto recurso de apelación, y tras verificar las alegaciones que tuvo por conveniente, y que se dan por reproducidas, ha interesado que se dicte resolución mediante la que se estime íntegramente el presente recurso de apelación y se revoque la Sentencia de Instancia estimando íntegramente los pedimentos aducidos por esta representación en su escrito de demanda con los pronunciamientos que le son inherentes.
TERCERO.- Admitido a trámite el recurso, el Juzgado realizó los preceptivos traslados, habiendo presentado la Procuradora de los Tribunales Sra. Peralbo Giraldo, en representación de la parte demandada, escrito de oposición al recurso, cuyas alegaciones igualmente se dan por reproducidas, y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta