CARGANDO...

TSJ Cataluña, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, 1318/2019, de 25 de octubre. Recurso 819/2017

Ponente: JOSE LUIS GOMEZ RUIZ
SP/SENT/1044452
Gestión Documental
 Motivación insuficiente del acuerdo sancionador por falta de presentación de la declaración de bienes en el extranjero (modelo 720): la AEAT no da respuesta a la alegación de no residencia en territorio español
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: Por el Procurador D. IGNACIO LÓPEZ CHOCARRO, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución que se cita en el Fundamento de Derecho Primero.
SEGUNDO: Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
TERCERO: Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.
CUARTO: En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO: Se recurre en este proceso la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Cataluña de 14 de septiembre de 2017, desestimatoria de las reclamaciones acumuladas NUM000, NUM001 y NUM002 presentadas contra los acuerdos de las Jefa de la Dependencia de Gestión Tributaria, de 21 de enero de 2016 por la que se impuso a la aquí recurrente las sanciones correspondientes a las apreciadas infracciones previstas en la Disposición Adicional 18.2 de la LGT, al no presentar en plazo las declaraciones informativas de cuentas, títulos y bienes situados en el extranjero, (Modelo 720), del ejercicio 2012, sin requerimiento previo, lo que solo hizo el día 30 de junio 2015 habiendo vencido el plazo el 30 de abril de 2013.
SEGUNDO: La recurrente invoca falta de motivación en los acuerdos sancionadores del presupuesto de la culpabilidad.
Las SSTS de 3 de junio de 2008, recurso de casación para unificación de doctrina núm.146/2004, y 27 de junio de 2008 (2), recursos de casación para unificación de doctrina 324/2004 y 396/2004, recuerdan la doctrina del Tribunal Constitucional que señala que el principio de presunción de inocencia garantiza el derecho a no sufrir sanción que no tenga fundamento en una previa actividad probatoria sobre la cual el órgano competente pueda fundamentar un juicio razonable de culpabilidad, y comporta, entre otras exigencias, la de que la Administración pruebe y por ende motive, no solo los hechos constitutivos de l