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TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 3.ª, 455/2019, de 3 de julio. Recurso 248/2018

Ponente: GUSTAVO RAMON LESCURE CEÑAL
SP/SENT/1093125
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 El poder adjudicador puede tener en cuenta criterios medioambientales si están vinculados al objeto del contrato expresamente, no le otorgan libertad de elección ilimitada y respetan los principios fundamentales de la contratación pública
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- La referida parte actora promovió el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución reseñada, y seguido el cauce procesal previsto legalmente, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por su orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y de contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos consignados, suplicaron respectivamente la anulación del acto objeto de impugnación y la desestimación de ésta, en los términos que figuran en aquéllos.
SEGUNDO .- Seguido el proceso por los cauces legales, y efectuadas las actuaciones y los trámites que constan en los autos, quedaron éstos pendientes de señalamiento para votación y fallo, que tuvo lugar el día 3 de Julio de 2.019.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Gustavo Lescure Ceñal.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO .- Por la "Asociación Profesional de Empresas de Limpieza" (ASPEL) se impugna la Resolución del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (TACP) nº 33/2.018 de 24 de Enero que desestimó el recurso especial en materia de contratación contra los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas del contrato "Servicio de limpieza de los edificios, espacios e instalaciones gestionados por la Gerencia de la Ciudad (expediente nº 300/2017/01774) tramitado por el Ayuntamiento de Madrid.
En la resolución del TACP se recogen los siguientes antecedentes de hecho:
"Primero.- El día 15 de diciembre se publicó en el DOUE y en el perfil de contratante del Ayuntamiento de Madrid, y el 23 de diciembre de 2017 en el BOE, el anuncio de la convocatoria de licitación del contrato de servicios mencionado. El valor estimado asciende a 1.551.931,82 euros.
Segundo.- El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP), en su Anexo I, incluye entre los criterios de adjudicación:
"4.- MEJORA DE LA CUANTÍA SALARIAL (Hasta 8 puntos).
Se valorará la oferta de las empresas licitadoras para mejorar el porcentaje de la cuantía salarial de los trabajadores que intervengan de manera directa en la ejecución del contrato respecto del salario estipulado por el convenio colectivo durante t