CARGANDO...

AP Málaga, Sec. 6.ª, de 21 de junio de 1999

SP/SENT/17384
Gestión Documental
Conforme a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal, no existe inconveniente en que el apoderamiento se confiera con carácter general e indefinido e incluso para Juntas extraordinarias, sin perjuicio, claro está, de la facultad del poderdante de revocar en cualquier tiempo su apoderamiento, y de esta posible revocación no se ha hecho ni la mas mera alusión en el procedimiento.