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AP Baleares, Sec. 4.ª, 664/2001, de 5 de octubre. Recurso 63/2001

Ponente: Mª ELENA GRAÑA CRECENTE
SP/SENT/32169
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 Prórroga arrendamiento por no probarse la recepción de la notificación al arrendatario
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia n°15 de Palma, en fecha 25 e noviembre del dos mil, se dictó Sentencia cuyo Fallo literalmente dice:
1/ Se desestima la demanda
2/El demandado soportará las costas del pleito.
SEGUNDO: Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, y seguido el procedimiento por sus trámites, y denegada la práctica de la prueba solicitada por el recurrente, quedó el presente recurso concluso para sentencia.
TERCERO: En la tramitación de este Recurso se han observado las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen.
PRIMERO.- El demandante, Sr. _____, formuló demanda de juicio de desahucio por expiración del plazo contractual del arrendamiento concertado sobre la vivienda sita la calle _____ de esta ciudad suscrito entre los litigantes en fecha de agosto de 1995, siendo el precio de la renta de 45.000 pesetas mensuales y la duración del contrato por dos años, prorrogado de mutuo acuerdo hasta el año 1999. Afirma, la parte actora que conocedora de que la duración mínima de dicho contrato era de cinco años, a pesar de lo libremente pactado, con anterioridad al 31 de julio del 2000, fecha de vencimiento del termino, remitió, vía burofax, la notificación al arrendatario de dar por extinguido el contrato de alquiler que no pudo ser notificado a través del servicio de correos por ausencia del destinatario. Añade el demandante "que en fecha 12 de junio de 2000, la que dice ser compañera del demandado compareció en las oficinas del letrado de la propiedad ya que estas también se designaron como domicilio de pago de alquiler, haciéndole entrega el letrado de la copia del contenido del Buro-fax y suscribiendo el mismo en acreditación de su recepción," acompañando con la demanda dicho buro-fax con una firma que dice "Carmen _____." y una fecha puesta con echador mecánico que dice 12 de junio de 2000.
A tal pretensión se opuso el demandado alegando que, de conformid