CARGANDO...

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, de 28 de octubre de 2009. Recurso 3871/2003

Ponente: OSCAR GONZALEZ GONZALEZ
SP/SENT/486690
Gestión Documental
 La carencia de bienes suficientes, la afectación del mantenimiento de la capacidad productiva y nivel de empleo y/o graves quebrantos son elementos sine qua non para la viabilidad del aplazamiento
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En el proceso contencioso administrativo antes referido, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Séptima) dictó sentencia desestimando el recurso promovido por el REAL SPORTING DE GIJÓN, S.A.D., contra la Resolución del TEAC de fecha 5 de julio de 2001 que desestimó la reclamación económico-administrativa promovida por el recurrente contra Acuerdo del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de fecha 29 de febrero de 2000 que denegó la solicitud de aplazamiento de deuda tributaria por importe de 4.335.864,3 euros.
SEGUNDO.- Notificada esta sentencia a las partes, por la Entidad recurrente se presentó escrito preparando recurso de casación, el cual fue tenido por preparado en providencia de la Sala de instancia de fecha 23 de abril de 2003 , al tiempo que ordenó remitir las actuaciones al Tribunal Supremo, previo emplazamiento de los litigantes.
TERCERO.- Emplazadas las partes, el recurrente (REAL SPORTING DE GIJÓN, S.A.D.) compareció en tiempo y forma ante este Tribunal Supremo, y formuló en fecha 29 de mayo de 2003 , el escrito de interposición del recurso de casación, en el cual expuso, los siguientes motivos de casación:
1) Al amparo de lo preceptuado en el art. 5.4 LOPJ y 88.1 .d) de la Ley Jurisdiccional, por infracción de los arts. 24.1 de la CE y 54.1 .f) de la Ley 30/1992 .
2) Al amparo de l