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AP Valencia, Sec. 6.ª, 40/2010, de 26 de enero. Recurso 714/2009

Ponente: VICENTE ORTEGA LLORCA
SP/SENT/505821
Gestión Documental
 Los propietarios finales de las viviendas deben recibir el libro del edificio, debiendo ser el promotor el que acredite que se realizó dicha entrega
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 Los gastos referidos a los informes periciales acreditatativos de los defectos no son encuadrables como daños y perjuicios, sino que tienen la consideración de costas procesales
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada dice:
«Estimar parcialmente la demanda interpuesta por Dña. Alicia y D. Severiano , condenando a
La entidad Proexcellent S.L, a abonar, en concepto de retrasos por la entrega de las viviendas, la cantidad de 252'48 € a favor de la Sra. Alicia , y de 10.000 € a favor del Sr. Severiano , mas los intereses correspondientes.
Las entidades Proexcellent S.L y Construcciones y Derribos Corcoles S.L, deberán abonar, solidariamente, a cada uno de los actores, en concepto de indemnización por los defectos constructivos, la cantidad que resulte según los pronunciamientos efectuados en los fundamentos jurídicos cuarto y undécimo, remitiéndonos en cuanto a su determinación cuantitativa, para los supuestos expresamente previstos, a fase de ejecución de sentencia, sirviendo como base para su liquidación, el precio que por unidad métrica aparece fijado en la pericial actora, mas los intereses correspondientes
La entidad Proexcellent S.L, a abonar, en concepto de perjuicio económico por la inutilización de dos metros cuadrados de sus viviendas, la cantidad de 3000 € a favor de la Sra. Alicia , y de 3000 € a favor del Sr. Severiano , mas los intereses correspondientes.
Las entidades Proexcellent S.L y Construcciones y Derribos Corcoles S.L, deberán abonar, solidariamente, a cada uno de los act