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TJCE/TJUE, Sala Gran Sala, de 16 de marzo de 2010. Recurso C-325/08

Ponente: M. Ilešic
SP/SENT/521128
Gestión Documental
 Libre circulación de jugadores profesionales de fútbol: obligación de firmar el primer contrato como jugador profesional con el club formador para el fomento de jóvenes jugadores: indemnización por incumplimiento de esa obligación
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ANTECEDENTES DE HECHO
1. La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 39 CE.
2. Esa petición se ha presentado en el marco de un litigio entre Olympique Lyonnais SASP (en lo sucesivo, «Olympique Lyonnais») y el Sr. Bernard, jugador de fútbol profesional, así como Newcastle UFC, club inglés, respecto al pago por estos últimos de una indemnización a causa de la infracción unilateral por el Sr. Bernard de sus compromisos derivados del artículo 23 de la charte du football professionnel (estatuto del fútbol profesional) para la temporada 1997-1998 de la Fédération française de football (en lo sucesivo, «estatuto»).
Marco jurídico
Derecho nacional
3. En la época de los hechos objeto del litigio principal el empleo de jugadores de fútbol estaba regulado en Francia por el estatuto, que tenía la condición de convenio colectivo. El título III, capítulo IV, del estatuto se refería a la categoría de jugadores «promesa», a saber, los jugadores de edad comprendida entre 16 y 22 años empleados como jugadores en formación por un club profesional conforme a un contrato por tiempo determinado.
4. El estatuto obligaba al jugador «promesa», cuando el club que le había formado lo exigía, a firmar al término de la formación su primer contrato como jugador profesional con ese club. Sobre ese aspecto, el artículo 23 del estatuto, en su versión aplicable a los h