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TS, Sala Primera, de lo Civil, 575/2010, de 27 de septiembre. Recurso 2222/2006

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
SP/SENT/524361
Gestión Documental
 El seguro de asistencia sanitaria cubría el reembolso de unos gastos médicos y no una mala praxis médica en la atención en el parto
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 La responsabilidad objetiva de los consumidores respecto a entidades de seguro de asistencia sanitaria será aplicable a hospitales, clínicas y centros sanitarios
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- 1.- El Procurador Don Miguel Angel Esteban Ruiz, en nombre y representación de Doña Antonieta , interpuso demanda de juicio ordinario, contra La Compañía de Seguros ADESLAS S.A y contra D. Lucas y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que: 1º.- Se condene a las mismas al pago a la actora de la cantidad de 359.554,88 euros y al pago de las costas judiciales causadas en la presente litis, con lo demás que proceda.
2.- El Procurador Don Cesar Gutiérrez Moliner, en nombre y representación de Don Lucas , contestó a la demanda y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado dictase en su día sentencia por la que se desestime la demanda integramente, absolviendo de ella a mi representada e imponiendo las costas expresamente a la actora.
La Procuradora Doña Elena Cobo de Guzmán Piñón, en nombre y representación de la Compañia de Seguros Adeslas S.A., contestó a la demanda y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado dictase en su día sentencia desestimando la demanda frente a mi representada, condenando a la actora a pagar las costas del presente juicio.
3.- Previos los trámites procesales correspondientes y práctica de la prueba propuesta por las partes y admitidas el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del J