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TS, Sala Primera, de lo Civil, 679/2010, de 10 de diciembre. Recurso 866/2007. Con Comentarios

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
SP/SENT/532587
Gestión Documental
 Falta de conocimientos médicos, lo que provocó un error de diagnóstico, que desembocó en un ictus
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 Indemnización de 235.112,98 euros por daños personales de acuerdo a la aplicación orientativa del baremo de tráfico
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- 1.- La Procuradora Doña Celeste Rodriguez Senra, en nombre y representación de Doña Eva interpuso demanda de juicio ordinario, contra Don Pio , Don Luis Miguel , Don Carlos , Hospital General de Caranza Ferrol, Compañia de Seguros Aegon y Compañia de Seguros Ama Previsión Sanitaria S.L. y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que:1) Se declare la responsabilidad por culpa o negligencia de Don Pio , Don Luis Miguel , Don Carlos , derivada de su actuación profesional llevada a cabo con Doña Eva . 2) Se condene solidaria y conjuntamente a Don Pio , Don Luis Miguel , Don Carlos y como responsable directo a la Compañia de Seguros Aegon y Ama Previsión Sanitaria, S.L. y al Hospital General de Caranza, a indemnizar a la actora en el importe de setecientos ochenta mil euros (780.000 euros) por los daños y perjuicios sufridos, más los intereses legales correspondientes, todo ello con expresa imposición de las costas devengadas en este juicio.
2.- La Procuradora Doña Carmen Corte Romero, en nombre y representación de Don Pio , Don Luis Miguel y Don Carlos , contestó a la demanda y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado dictase en su día sentencia por la que se desestime la demanda, absolviendo a mis representados de los pedimentos de la actora, con expresa imposición de las costas a la demandante.
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