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AP Las Palmas, Sec. 5.ª, 292/2003, de 2 de abril. Recurso 686/2002

Ponente: Julio Manrique de Lara Morales
SP/SENT/62032
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 Cómputo de plazo para impugnar acuerdo desde notificación del mismo por requerimiento notarial
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 Validez de Junta celebrada en idioma alemán al ser de esta nacionalidad todos los asistentes
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 No es necesaria unanimidad para acuerdo sobre distribución de gastos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El fallo de la Sentencia apelada dice: "Que desestimando la demanda interpuesta en nombre y representación de D. Jorge por el Procurador Sr. Travieso Cedres asistido de la letrada Sra. Travieso Darias frente a la Comunidad de Proietarios DIRECCION000 representada por la procuradora Sra. Ojeda García y asistida de la Letrada Sra. Fernandez Ibañez, debo declarar y declaro no haber lugar a la nulidad instada, con la expresa imposición ala parte actora de las costas devengadas.- Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."
SEGUNDO.- La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y no habiéndose solicitado prueba, se señaló para estudio, votación y fallo el día INSERTAR DIA.
TERCERO.- Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es ponente de la sentencia el Iltmo. Sr./a D./Dña. Julio Manrique de Lara Morales, quien expresa el parecer de la Sala.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. Frente a la sentencia que estimó la caducidad de la acción ejercitada en la demanda rectora, se alza el apelante, actor en la instancia, alegando, en primer lugar, que conforme al artículo 16.4 de la Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal, vigente en el momento de la interposición de la demanda, el plazo para el ejercicio de la acción de impugnación de acuerdos contrarios a la Ley o a los estatutos de la comunidad era de treinta días, siguientes al acuerdo o a la notificación si hubiese estado ausente el que impugne, plazo que aún no había transcurrido en el momento del ejercicio de la señalada acción. Asimismo, reitera su solicitud de nulidad de todos los acuerdos tomados en la Junta de Propietarios de fecha 29 de diciembre de 1997 pues la misma se celebró en el idioma alemán, conculcando, de esta manera, sus derechos fundamentales. Finalmente, concluye con una pretensión subsidiaria, para el caso de que no se estime la anterior, de nulidad del acuerdo adoptado respecto al punto sexto de la orden del día referente a la Junta señalada y relativo al presupuesto de gastos de la misma para el año 1998, motivos por los que solicita que, con estimación del recurso de apelación por él interpuesto, se revoque la sentencia impugnada en los extremos por su parte planteados.
Frente a tales alegaciones muestra su disconformidad, oponiéndose, la apelada, demandada en la instancia, considerando, en primer lugar que debe confirmarse el pronunciamiento de la sentencia de instancia q