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TS, Sala Primera, de lo Civil, 669/2011, de 4 de octubre. Recurso 519/2008

Ponente: RAFAEL GIMENO-BAYON COBOS
SP/SENT/647708
Gestión Documental
 Las acciones de responsabilidad individual y la de responsabilidad solidaria por deuda social son acumulables y un mismo hecho puede ser presupuesto de ambas
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 La responsabilidad exigida en la demanda es únicamente la individual de los administradores regulada en el artículo 135 LSA
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 EL deber de conocer el derecho y juzgar conforme al mismo no ampara el sentenciar con preceptos no invocados ni decidir qué tutela se otorgará al demandante entre las posibles
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 Los servicios de transporte fueron contratados y la hipoteca constituida tras el cese de la administradora y no hay nexo causal entre la deuda y el cambio de administradores
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 La suspensión de pagos instada por el siguiente administrador no perjudicó ni menoscabó las posibilidades de cobro de la transportista
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: LA DEMANDA Y SU ADMISIÓN A TRÁMITE
1. El Procurador don FRANCISCO JOSÉ ABAJO ABRIL, en nombre y representación de BURGAL SA, interpuso demanda contra DON Lucio , DOÑA María del Pilar , DON Pascual , DOÑA Sofía , DON Justiniano y DON Maximo .
2. La demanda contiene el siguiente suplico:
AL JUZGADO SUPLICO, que habiendo por presentado este escrito junto con sus documentos y copias, sírvase admitirlo, teniéndome por comparecido y parte en la representación que ostento de BURGAL S.A. ordenando se entiendan conmigo las sucesivas diligencias y actuaciones; y en sus méritos tener por interpuesta demanda de Juicio Ordinario, contra DON Lucio , DOÑA María del Pilar , Pascual , DOÑA Sofía , DON Justiniano , DON Maximo y previos los trámites legales oportunos, sírvase dictar Sentencia estimatoria de la presente Demanda, por la que se condene solidariamente a los codemandados a satisfacer a mi principal la suma de 359.346,30.- euros (trescientos cincuenta y nueve mil trescientos cuarenta y seis euros con treinta céntimos), más sus intereses legales, todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada
SEGUNDO: LAS CONTESTACIONES
3. La demanda fue repartida al Juzgado de Primera Instancia número 4 de Madrid que la admitió a trámite, siguiéndose el procedimiento de juicio ordinario 841/2002
4. En los expresados autos 84