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AP Cáceres, Sec. 1.ª, 480/2012, de 14 de noviembre. Recurso 561/2012

Ponente: LUIS AURELIO SANZ ACOSTA
SP/SENT/700761
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 No prospera la acción reivindicatoria sobre el vehículo al no probar la actora el título de dominio, pues no ha acreditado que el dinero utilizado para la adquisición del vehículo fuera de su exclusiva propiedad
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por el Juzgado de 1ª Instancia núm.- 4 de Plasencia en los Autos núm.- 91/2012 con fecha 20 de Junio de 2012, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que debo DESESTIMAR íntegramente la demanda de procedimiento ordinario presentada por el Procurador Sr. Frutos Sierra, en nombre y representación de Adela , frente a Mateo dado que no resulta acreditado que la actora sea la propietaria exclusiva del vehículo marca BMW, modelo 120 D, matrícula .... RQZ .
Todo ello, con expresa imposición de costas procesales a la parte actora, Adela ..."
Con fecha 22 de Junio de 2012, se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"PARTE DISPOSITIVA.- Rectificar la sentencia núm. 50/2012 de 20 de Junio de 2012 , dictada en el presente procedimiento, en el sentido que se indica:
Donde dice: "Notifíquese a las partes la presente Sentencia haciéndole saber que contra esta Resolución cabe Recurso de Apelación, que deberá ser preparado en este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, para su conocimiento por la Ilustrísima Audiencia Provincial de Cáceres; informándoles sobre la necesidad de constituir depósito para recurrir mediante ingreso de los importes en cuenta de consignaciones de este Juzgado, según lo establecido en el Disposición Adicional decimoquinta de