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TS, Sala Primera, de lo Civil, 409/2013, de 20 de junio. Recurso 302/2011

Ponente: JOSE RAMON FERRANDIZ GABRIEL
SP/SENT/723163
Gestión Documental
 Compatibilidad de la tramitación del concurso de la deudora y del ejercicio por sus acreedores de acciones de cumplimiento de obligaciones sociales contra los administradores, antes de entrar en vigor la Ley 38/2011
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 La responsabilidad solidaria de los administradores por deudas sociales es "ex lege" y no exige más negligencia que la de no promover la liquidación convocando junta, con independencia de la actuación del director general
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Por escrito registrado, por el Juzgado Decano de Barcelona, el siete de octubre de dos mil ocho, la Procurador de los Tribunales doña Blanca Soria Crespo, obrando en representación de Cooperativas Cafetaleras del Norte RL, interpuso demanda de juicio ordinario contra don Juan Francisco y don Luis María .
En el escrito de demanda, la representación procesal de Cooperativas Cafetaleras del Norte RL alegó, en síntesis y en lo que importa para la decisión del conflicto, que los demandados eran miembros del consejo de administración de Unión de Industrias Torrefactoreras Españolas, SA (Unitesa), en el que don Juan Francisco desempeñaba el cargo de consejero delegado y don Luis María el de presidente. Que Cooperativas Cafetaleras del Norte RL era una cooperativa agrícola de segundo grado, situada en la provincia de Matagalpa, al norte de Nicaragua, dedicada a comercializar el café producido por pequeños agricultores asociados. Que las dos sociedades litigantes celebraron, en el año dos mil siete, una serie de contratos por los que la cooperativa se obligó a suministrar granos de café verde a Unitesa. Que, en cumplimiento de la obligación contractualmente asumida, la demandante suministró mercancía a Unitesa por importe de doscientos ochenta y nueve mil trescientos cuarenta y cinco dólares americanos (289 345,02 $), según las facturas que aportaba como documentos números 3 a 8. Que esa deuda no había sido pagada por la compradora.
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