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TS, Sala Cuarta, de lo Social, de 14 de mayo de 2014. Recurso 2328/2013

Ponente: JOSE LUIS GILOLMO LOPEZ
SP/SENT/767321
Gestión Documental
 Discriminación retributiva indirecta por razón de sexo que afecta a un "plus voluntario y absorbible"; trato retributivo que discrimina peyorativamente a quienes prestan servicios en un departamento ocupado exclusivamente por mujeres
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 9 de julio de 2012 el Juzgado de lo Social nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva: "Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por DIRECCION GENERAL DE TRABAJO frente a CANSUR S.L , Sabina , Violeta , Eva María , Ariadna , Cecilia , Antonio , Flor , Leocadia , Milagros , Remedios , Teresa , María Esther , Antonia , Domingo , Clemencia , Fabio , Estrella , Inocencia , María , Paula , Socorro , María Angeles , Amparo , Carolina , Emilia , Genoveva , Lorenza , Noelia , Sandra , Marí Trini , Moises , Carla , Elvira , Gracia , Magdalena , Tamara , María Virtudes , Aurelia , Covadonga , Felisa , Carlos Antonio , Maite , Pilar , Teodora , Alejandra , Carlota , Emma , Inmaculada , Micaela , Rosana , María Antonieta y Angustia sobre PROCEDIMIENTO DE OFICIO., declarando que la actuación de la empresa demandada en relación a la categoría de camarera de pisos que prestan servicios en el centro de trabajo sito en la Avenida de Tour Operador Tui s/n, al percibir el concepto salarial denominado "plus voluntario" en importe muy inferior al que perciben los trabajadores del Mismo Nivel retributivo IV que prestan servicios en bares y cocina en el mismo centro de trabajo constituye una discriminación salarial por razón de sexo."
SEGUNDO.- En dicha sentencia se declararon probados los siguientes hechos:
"1. -Por la Inspección de Trabajo se g