CARGANDO...

AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, 88/2015, de 12 de febrero. Recurso 662/2009

Ponente: FERNANDO DE MATEO MENENDEZ
SP/SENT/806802
Gestión Documental
 No se concreta por el interesado a qué hechos hacen referencia las páginas a las que se refiere en su denuncia, por lo que la información facilitada será insuficiente para que se conceda el "derecho al olvido"
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por el representante legal de Google Spain, S.L., se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 24 de julio de 2009 del Director de la Agencia Española de Protección de Datos. Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 2 de diciembre de 2009 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso, por la que se anule la resolución impugnada.
SEGUNDO .- Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante el pertinente escrito, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administrativo impugnado.
TERCERO .- Por Auto de 25 de febrero de 2010 se acordó el recibimiento del recurso a prueba, admitiéndose las pruebas periciales propuestas por la parte actora, y, posteriormente, se concedió a las partes el plazo de diez días para la formulación de conclusiones, y, una vez presentados, quedaron los autos pendientes de votación y fallo.
CUARTO .- Habiéndose dictado en el procedimiento ordinario 725/2010, seguido ante esta Sala, Auto de fecha 27 de febrero de 2012