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TSJ País Vasco, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 979/2015, de 26 de mayo. Recurso 764/2015

Ponente: JUAN CARLOS ITURRI GARATE
SP/SENT/819699
Gestión Documental
 Relación laboral especial de deportista profesional; ciclista de élite que anuncia públicamente su fichaje por otro equipo: no procede la indemnización por no renovación del contrato temporal y finalización del mismo; voto particular
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:
PRIMERO.- Carlos Alberto ha prestado servicios para la empresa ABARCA SPORTS SL, que constituye el equipo ciclista MOVISTAR TEAM, desde el 1-1-07 hasta el 31-12-12 en virtud de contrato de trabajo temporal como corredor ciclista profesional. La remuneración bruta anual incluido la prorrata de pagas extraordinarias asciende a 200.000 euros.
SEGUNDO.- El trabajador desde el año 2011 ya mantenía conversaciones con el equipo británico SKY, durante el 2012 recibe ofertas, estando pendiente el cierre de la operación de la aceptación por el demandante. El demandante en el mes de septiembre de 2012 decide fichar voluntariamente por el conjunto británico SKY que ese año había sido considerado como mejor equipo del mundo teniendo en sus filas a los corredores de primera línea como Wiggings o Froome. El 28.9.12 concede entrevistas sobre ese fichaje y retuitea un comunicado de SKY en el que se deja constancia de la firma del acuerdo de fichaje por dos años con el grupo SKY, el 19.11.2012 la escuadra británica emite comunicado en el que anuncia el fichaje del demandante. El 31.12.2012 se hace efectivo el fichaje tras la finalización del contrato con la demandada
TERCERO.- La empresa antes del 30 de septiembre del año comunica la extinción del contrato a los corredores profesionales