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AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, 267/2015, de 5 de junio. Recurso 158/2012

Ponente: FERNANDO DE MATEO MENENDEZ
SP/SENT/820899
Gestión Documental
 La resolución de la AEPD está suficientemente motivada, desestimando la reclamación de tutela de manera fundada, y es congruente, además de haber respetado el procedimiento administrativo legalmente establecido
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 La información indexada sobre la vida del recurrente tiene relevancia pública pues trata de una trama de corrupción de actualidad como es el caso "Gurtel", prevaleciendo el derecho a la información
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por el demandante se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 16 de febrero de 2012 del Director de la Agencia Española de Protección de Datos, que confirma en reposición la resolución de 25 de noviembre de 2011, por la que se acordó desestimar su reclamación de tutela de contra Google Spain, S.L. (Google Inc.). Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 6 de junio de 2013 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso, por la que se declarara nula de pleno derecho la resolución de 16 de febrero de 2012, con expreso requerimiento a la Agencia Española de Protección de Datos para que se cumpliera la cancelación del tratamiento de datos de carácter personal del actor en los términos solicitados a la citada Agencia.
SEGUNDO .- Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a las partes demandadas para que la contestaran en el plazo de veinte días, lo que realizaron mediante los pertinentes escritos, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administrativo impugnado.
TERCERO .- Por Auto de 18 de febrero de 2013 se acordó el recibimiento del recurso a prueba, lleván