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TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 545/2015, de 15 de octubre. Recurso 2772/2013. Con Comentarios

Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
SP/SENT/827960
Gestión Documental
 Derecho al olvido: ponderación entre el derecho al honor y el de a la libertad de información. El interés general disminuye con el tiempo, por lo que no deberán ser indexados los datos personales de noticias antiguas pertenecientes a hemerotecas
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 El "derecho al olvido" no implica cosntruir un pasado a medida: los datos no desaparecerán de la noticia y del motor de búsqueda de las hemerotecas digitales, pero sí de los motores de búsqueda de Internet, como Google
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 El Diario deberá eliminar los datos personales de los demandantes de los motores de búsqueda de Internet y les indemnizará con 7.000 euros a cada uno
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ANTECEDENTES DE HECHO
Tramitación en primera instancia.
PRIMERO.- El procurador D. Fernando Bertrán Santamaría, en nombre y representación de A y B, interpuso demanda de juicio ordinario contra "Ediciones El País, S.L." en la que solicitaba se dictara sentencia «* [...] con los siguientes pronunciamientos:
' 1. Se declare la difusión realizada por Ediciones El País, S.L., a través del sitio web www.elpais.com de la noticia publicada por el diario "El País" el ... titulado "El hermano del ..., detenido por presunto tráfico de drogas, ingresado en un hospital" supone una vulneración del derecho a la intimidad y al honor de A y de B y, en consecuencia, se condene a Ediciones El País, S.L. al cese inmediato en la difusión a través de Internet de dicha noticia.
' 2. Se declare que la utilización que realiza Ediciones El País, S.L., de los nombres y apellidos de A y B en el código fuente de la página web DIRECCION000 vulnera el derecho a la intimidad y al honor de ... y, en consecuencia, se condene a Ediciones El País, S.L. al cese inmediato en el uso de los datos personales de ...
' 3. Se declare que el modo en que Ediciones El País, S.L. ha programado la página web DIRECCION000, permitiendo que los proveedores de servicios de intermediación de búsqueda indexen su contenido por el nombre y apellidos de A y B, supone una vulneración del derecho a la intimidad y al honor