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TS, Sala Primera, de lo Civil, 7/2016, de 25 de enero. Recurso 2644/2013

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ
SP/SENT/839034
Gestión Documental
 Reivindicación de una colección de tapices: un decreto canónico de extinción y reversión que, a su vez, fue consecuencia de la previsión estatutaria de la propia Asociación extinta es título válido para adquirir y justificar el dominio
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Tramitación en primera instancia.
1. El procurador de los Tribunales don Guillermo García San Miguel Hoover, en nombre y representación del Arzobispado de Madrid, interpuso demanda de juicio declarativo ordinario contra la Fundación de Santa Rita de Casia, Asociación Civil Santa Rita de Casia-Madrid 1834 y Fundación Real Fábrica de Tapices, suplicando al Juzgado:
«Tenga por presentado el presente escrito, junto con los documentos que al mismo se acompañan, se sirva admitirlo, y tener por interpuesta DEMANDA EN JUICIO ORDINARIO contra la FUNDACIÓN CIVIL DE SANTA RITA DE CASIA, la ASOCIACIÓN CIVIL SANTA RITA DE CASIA -MADRID 1834- y la FUNDACIÓN REAL FÁBRICA DE TAPICES, y continuando los trámites del presente procedimiento ordinario y practicada la prueba que se proponga y admita, dice en su día sentencia por la que estimando la presente demanda declare que la propiedad de los 23 Tapices que han quedado reseñados en el cuerpo de la presente demanda y están incluidos en el Inventario General de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid por Resolución de la Dirección General de Patrimonio Histórico de fecha 15 de enero de 2002, expediente núm. 22/01, que constituían la Colección de Tapices de la extinguida Asociación canónica Santa Rita de Casia, pertenecen y son propiedad del Arzobispado de Madrid, siendo, pol- tanto, nulo el título de propiedad que en contradicción con tal declaración pretenda ostentar la asociación.'