SP/SENT/917465
TSJ Canarias, Santa Cruz de Tenerife, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 41/2017, de 21 de marzo
Recurso 94/2015. Ponente: LUIS HELMUTH MOYA MEYER.

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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala el 28 de julio del 2015. Admitido a trámite se reclamó el expediente administrativo.
El recurrente formalizó demanda en la que solicitó se declare la nulidad del artículo 3.1, segundo inciso, cuando se refiere a las viviendas "edificadas de acuerdo a la normativa urbanística y a las determinaciones del planeamiento sobre usos del suelo y la edificación, cuenten con las preceptivas licencias y autorizaciones exigibles", artículo 3.2, artículo 4, segundo inciso, "y el resto de normas sectoriales que les sean de aplicación, especialmente las de seguridad, salubridad, urbanísticas, técnicas, habitabilidad y accesibilidad y, en general, la de actividades clasificadas" y el subapartado tercero del apartado IV del anexo 2 en cuanto se refiere a la declaración que que la vivienda no se encuentra en los ámbitos aludidos en el artículo 3.2, todos ellos del decreto 113/2015, de 22 de mayo , por el que se aprueba el Reglamento de las viviendas vacacionales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
SEGUNDO.- A los presentes autos se acumularon los autos promovidos por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia- nº 129/2015- en los que se formalizó demanda en la que se pide la nulidad de los artículos 2 , 3.2 , 6 , 7 , 9 , 10 , 12 y 13 del Decreto 113/2015 .
TERCERO.- De las demandas se dio traslado a la Admin