CARGANDO...

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 224/2018, de 16 de mayo. Recurso 10494/2017

Ponente: VICENTE MAGRO SERVET
SP/SENT/953284
Gestión Documental
 Analizadas las posibilidades de la acumulación de acciones se opta por acoger la opción que resulta más beneficiosa y favorable al recurrente
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de lo Penal nº 4 de Córdoba, en la pieza de refundición de condenas nº 535.01 de 2015, dictó Auto con fecha 30 de mayo de 2017 que contiene los siguientes Antecedentes de Hecho:
"Único.- Por el penado en esta causa Plácido , se solicitó la refundición de las condenas pendientes de cumplir, tanto en virtud de sentencias dictadas por este Juzgado como por otras anteriores de otros Tribunales, formándose pieza separada en la que se comunicó esta solicitud a los demás Órganos sentenciadores, que han remitido testimonio de sus sentencias aún no ejecutadas, se reclamó Hoja Histórico Penal, y se solicitó dictamen del Ministerio Fiscal acerca de la procedencia de dicha petición. Se informa favorablemente por el Ministerio Fiscal según obra en informe de fecha de 8 de mayo de 2017 que obra en autos. Su defensa nada alega. Quedan los autos pendientes del dictado de oportuna resolución".
SEGUNDO.- El citado Auto contiene la siguiente Parte Dispositiva:
"Primero.- Fijar como límite máximo de cumplimiento el de nueve años de prisión de las penas impuestas al penado Plácido en las sentencias: 1.- Sentencia del Juzgado de lo Penal 3 de Córdoba de fecha de 30 de junio de 2008 por hechos cometidos el día 25 de enero de 2008 en la que se impone pena de diez meses, doce días y diez meses de prisión. 2.- Sentencia del Juzgado de lo Penal 2 de Córdoba de fecha 6 de febrero de 2008 por hechos cometidos