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TSJ Galicia, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, de 19 de julio de 2018. Recurso 685/2018

Ponente: EMILIO FERNANDEZ DE MATA
SP/SENT/967985
Gestión Documental
 Doble escala salarial: la diferencia retributiva que es fruto de un acuerdo privado o de una decisión empresarial no conculca el principio constitucional de igualdad
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 Discriminación por razón de sexo: inexistencia: reducción de la cuantía de la condición más beneficiosa con reparto de la misma entre todo el personal de la plantilla de alta el 1 de enero de 2012
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: UNION GENERAL DE TRABAJADORES DE GALICIA presentó demanda contra CONSERVAS SELECTAS DE GALICIA SL , siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia , de fecha veintidós de noviembre de dos mil diecisiete
SEGUNDO: En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:" PRIMERO.- La empresa CONSERVAS SELECTAS DE GALICIA SL venía abonando desde el año 1979 a los trabajadores de la empresa un importe mensual denominado "condición más beneficiosa", la cual desde el año 1995 únicamente era percibida por los trabajadores de oficios varios, al haberse tomado en consideración las tablas salariales del convenio de conservas de Cantabria, de forma que el importe percibido en concepto de condición más beneficiosa quedó absorbido por el incremento salarial en el caso de los trabajadores de fabricación.
SEGUNDO.- En 2010 la mayoría de los trabajadores de la empresa se distribuían entre trabajadores de oficios varios y trabajadores de producción.
Había varones que aún desempeñando funciones de producción estaban encuadrados en las categorías de oficios varios, y en cuanto a las mujeres contratadas por la empresa, sólo una (y ello porque así se le reconoció por sentencia de fecha 31 de marzo de 2010 dictada en autos 1015/2008 seguidos ante el Juzgado Social nº 1 de Pontevedra ) tenía rec